Ordenanza Nº 004/2021 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
Visto:
Que la licitación privada autorizada por Ordenanza Nº108/2020 resultó desierta, y
Considerando:
Que es menester una rápida y transparente forma de contratación para establecer el monto e importe de las viviendas correspondiente al Plan MI Casa III,
Por Ello:
El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1:Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un Concurso Privado de Precios bajo las siguientes modalidades:
Se inviten a participar del mismo a las mismas 5 empresas locales que participaron de la Licitación privada anterior;
Se invite a participar, como mínimo tres empresas dedicadas a la construcción de viviendas y obra pública, de amplia trayectoria en el rubro, todos ellos con domicilio legal constituido en la provincia de La Pampa;
ARTÍCULO 2:Se solicita que el Departamento Ejecutivo Municipal realice una información y difusión en dos medios de amplia circulación zonal y en las redes sociales que posee el municipio, con la finalidad de poner en conocimiento a la población en general y así fomentar una posible mayor participación de interesados.-
ARTÍCULO 3:Se solicita al Ejecutivo Municipal se imprima a la presente de un pronto y rápido tratamiento con la finalidad de que en un plazo máximo de quince días se pueda estar realizando la apertura de los sobres.-
“El Río Atuel también es Pampeano”
ARTÍCULO 4:Se solicita al Ejecutivo Municipal que haga parte a este Cuerpo Deliberante de todas las decisiones que se tomen al respecto en vistas de fomentar la transparencia del procedimiento.-
ARTÍCULO 5:De Forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 19 días del mes de Enero de 2021.-