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006-2008-DECRETO REGLAMENTARIO Nº 3.364-07-(LEY DE DESCENTRALIZACION)

      Ordenanza Nº 06/2008 del Concejo Deliberantes de Quemú-Quemú

 

Visto:

La Ley Nº 2.358/07 creando El Concejo Provincial de Descentralización; y

su Decreto Reglamentario Nº 3.364/07, y

 

Considerando:

                         Que, la Ley en su Artículo 2º hace referencia a la creación de diez (10) regiones (que integran todas las localidades pampeanas) y esta comuna pertenece a la Región Nº 2, con otros municipios.

                          Que, en su Artículo 46º de Ley dice que los recursos para el programa de Mantenimiento de la Red Terciaria serán financiados por el 8% del Impuesto Inmobiliario, además de los que fije la Ley de Presupuesto.

                          Que, en su Decreto Reglamentario Nº 3.364/07- Capitulo X, (en sus Artículos 45º, 46º, 47º, 48º y 49º) expresa que los recursos para el Programa de Mantenimiento de la Red Terciaria serán transferidos por la Dirección Provincial de Vialidad a las comunas que se adhieran (Articulo 48º).

                          Que, los valores por kilómetros a conservar y mantener serán determinados por la D.P.V.-

 

 

Por Ello:

                 El Concejo Deliberantes de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de

                                               ORDENANZA

 

Articulo 1º)Adherir a la Ley Nº 2.358/07 y autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a intervenir en el “programa de Mantenimiento de la Red Terciaria” según lo establece su Decreto Reglamentario 3.364/07 (CAPITULO X- Articulos números 451, 46º, 47º, 48º y 49º)- 

Articulo 2º) De forma.

 

Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 19 días del mes de marzo de 2008.-