Ordenanza Nº 006/2026 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
Visto:
La nota presentada por el Señor GAMBARINI, HECTOR CLEMENTE DNI 7.363.157, y
Considerando :
Que por la misma ofrece en donación elm inmueble de su propiedad designado catastralmenre como EJ Nº034-CIR.01-RADIO G-MZA25-PARCELA 1-PARTIDA 790443.
Que la donación se efectua con cargo de destinarlo a actividades educativas y/o deportivas siendo la intención del donante prioritaria la construcción de un establecimiento educativo secundario para el Colegio Ma. Ofelia Esposito .
Que es facultado del Concejo Deliberante la aceptación de legado o donaciones con cargo,de conformidad con lo dispuesto por el Art. 36 inc.28 de la Ley 1597.
Por ello: El Concejo Deliberante de Quemu Quemu sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Aceptar la donación efectuada por el Sr. GAMBARINI HECTOR CLEMENTE DNI 7.363.157 del inmueble denominado catastralmente como EJ Nº034-CIR.01-RADIO G-MZA25-PARCELA 1-PARTIDA 790443.
ARTICULO 2º: La donación se realiza con crago de darle destino a actividades educativas y/o deportivas siendo la intención del donante prioritaria la construcción de un establecimiento educativo secundario para el Colegio Ma. Ofelia Esposito .
ARTICULO 3º: Autorizase al Intendente Municipal a susucribir la escritura traslativa de dominio a fin de incorporar dicha parcela como bien privado de la Municipalidad de Quemu Quemu.- ARTICULO 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 9 días del Mes de Abril de 2026.-







