ORDENANZA Nº 008/1993
VISTO:
La solicitud expresa del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de La Pampa respecto a la autorización para la construcción de un canal de desagüe pluvial en ésta localidad de Quemú Quemú; y
CONSIDERANDO:
Que ésta obra es a todas luces una necesidad por demás manifiesta para nuestra comunidad;
Que la construcción de ésta obra es una solución a los problemas de anegamiento de un amplio sector de nuestro pueblo;
Que es función del Honorable Concejo Deliberante autorizar la construcción de la obra dentro del ejido municipal;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PUEBLO DE QUEMU-QUEMU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTICULO 1ro.- Autorizar a la Administración Provincial del Agua, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Pcia. de La Pampa a construir dentro del ejido de nuestro municipio un canal de desagüe pluvial.-
ARTICULO 2do.- Comuníquese, publíquese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación y cumplido archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE QUEMU QUEMU A LOS 27 DIAS DEL MES DE MAYO DE 1993.-