Ordenanza Nº 013/2026 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
VISTO : La Ordenanza Nº33/22, Y
CONSIDERANDO
Que por la misma se autoriza el loteo del inmueble designado catastralmente como Ejido 34- Quinta 1-Radio e-Parcela 1-Partida Nº 564336/9.
Que la misma se llevó a cabo mediante plano inscripto al tomo 463 Fº80 de la Dirección General de Catastro .
Que del referido plano surgen las parcelas donadas para espacios públicos .
Por ello
El Concejo Deliberante de Quemu Quemu
RESUELVE
ARTICULO 1º) Aceptar la donación de los siguiente inmuebles que serán incorporados al patrimonio municipal :
1)Ejido 034-Parcela 1- Partida 820786
2)Ejido 034-Parcela 1-Partida 820802
3)Ejido 034-Parcela 12-Partida 820813
4)Ejido 034-Parcela 11-Partida 820796
ARTICULO 2º) Autorizar al Intendente Municipal a suscribir la escritura traslativa del dominio para incorporar los inmuebles al patrimonio de la Municipalidad de Quemú
ARTICULO 3º) De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 21 días del mes de Mayo de 2026.-







