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018-2008-SERVICIOS PUBLICOS ZONA RURAL

      Ordenanza Nº 18/2008 del Concejo Deliberantes de Quemú-Quemú

 

 

Visto:

          Que la Municipalidad de nuestro pueblo presta servicios a los vecino, tanto en la zona urbana como en la zona rural, lo que genera un gasto importante de herramientas, combustible y horas hombre y

 

Considerando:

                         Que este Cuerpo Deliberativo tiene el deber anualmente de fijar la ORDENANZA TARIFARIA de todos estos servicios,

                          Que también este Cuerpo debe aprobar los balances municipales de ingresos y egresos del municipio, en donde deben estar incluidos los generados por dichos servicios, ya que al ser Públicos los balances, los vecinos pueden comprobar que Todos pagan por los servicios prestados

                           Que es necesaria una herramienta de gestión en este Cuerpo para analizar la prestación de servicios, ya que representa una suma importante de dinero en la economía municipal

 

Por Ello:

                 El Concejo Deliberantes de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de

                                               ORDENANZA

 

Articulo 1º) Recibir del Área de Obras y Servicios Públicos un informe mensual de los trabajos realizados en la zona urbana y rural, en donde se especifique:

a)     Vecino al que se le presto el servicio

b)    Tipo de servicio que se realizo, bien especificado

c)     La cantidad del coeficiente usado,ya sean horas, viajes, etc

d)    Monto total que el municipio debe cobrar

e)     Fecha de la prestación de servicios

Articulo 2º) Este informe mensual presentado en planilla con sello y firma del informante, será guardado en secretaria del concejo y otra planilla similar enviada a las oficinas de cobranza en donde se irán completando con la fecha de cobro la labor prestada a cada vecino y archivándose para cuando el Concejo Deliberante las requiera.

Articulo 3º) Enviar mensualmente la factura a cada contribuyente con fecha de vencimiento e ingresarlo al sistema Contable para que se actualice automáticamente

Articulo 4º)De forma.

Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 14 días del mes de Agosto de 2008.-