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024-2025-PLAN DE VIVIENDAS SOCIALES (2 viviendas)

Ordenanza Nº 024/2025 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú VISTO: El Decreto N° 314/25 aprobando el PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES "VIVIENDAS LA PAMPA" PARA PERSONAS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD y la Resolución No 447/25 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda reglamentando el mencionado plan, y CONSIDERANDO: Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda pone en marcha una nueva operatoria para la construcción de viviendas, denominada PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES "VIVIENDAS LA PAMPA" PARA PERSONAS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Que por la citada Operatoria, el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda otorgará fondos a la Municipalidad / Comisión de Fomento en carácter de aporte financiero REINTEGRABLE, de TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON CUARENTA Y SEIS CENTISIMAS DE UVIs (33.827,46) por unidad de vivienda nueva que se construya, que serán destinadas a entregarlas en comodato a personas mayores de SESENTA (60) años y/o personas con discapacidad cuyos ingresos no superen el importe de la Jubilación Mínima; Que las viviendas se ejecutarán conforme al prototipo determinado para la presente Operatoria; Que así mismo, corresponde autorizar al Ejecutivo Municipal a transferir los terrenos a nombre del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda; Que resulta necesario autorizar al Ejecutivo Municipal a adherir al PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES "VIVIENDAS LA PAMPA" PARA PERSONAS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD para la construcción de 2 (cantidad DOS) )viviendas en el marco de dicho plan, a los efectos de dar soluciones habitacionales en esta local POR ELLO: EL CONCEJO DELIBERANTE DE QUEMU QUEMU SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1º): Autorizar al Ejecutivo Municipal a adherirse al PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES "VIVIENDAS LA PAMPA" PARA PERSONAS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD en los términos del Decreto N° 314/25 del Poder Ejecutivo Provincial y la Resolución N° 447/25 del Instituto Provincial Autárquico de la vivienda. ARTICULO 2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Ejecución para la construcción de 2 (cantidad DOS) viviendas. ARTÍCULO 3º) Autorizar al Ejecutivo Municipal a donar los terrenos identificados Catastralmente como EJIDO 034- CIRC.01-RADIO F- MZA.031 PARCELA 030 –PARTIDA 772265 .. ARTÍCULO 4º) Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, cumplido archívese Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 31 días del mes de Julio de 2025.-