Ordenanza Nº027/2024 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
Visto:
La necesidad de identificar arterias existentes sin denominación o nuevas que surgen a partir de la autorización reciente de nuevos loteos en nuestra localidad y teniendo en cuenta la adhesión a la Ley Provincial Nº3283 que incorpora el Principio de Paridad en Denominaciones, por tanto que el cincuenta por ciento (50%) de las futuras denominaciones de los edificios, caminos o calles, espacios verdes y cualquier otro espacio u obra pública que pertenezca al dominio público municipal deberán hacerse observando el principio de equidad y paridad de género.; corresponderán ser nombres de mujeres ilustres, tanto locales como también del ámbito nacional e internacional, destacadas por su labor humanitaria, social, científica, política, deportiva, artística o literaria, entre otras, y
Considerando:
Que se determinó el nombre ASUNCIÓN “CACHA” RIVADULLA (Nº 105 ESTE) para designar a la calle, que a partir de la intersección al Sur con Calle Urquiza, es continuación de Calle Sargento Cabral y con intersección al Norte con Calle Los Arrieros.
Que Asunción Rivadulla de Herreros, es nacida en el seno de una de las primeras familias pobladoras de Quemú Quemú.
Quees recordada por un estilo de vida dedicado a sus semejantes, colaborando incansablemente con Instituciones Educativas, Religiosas, en obras de caridad, en la organización de los festejos por el día de la madre, creando también un grupo vocacional de teatro.
Quejunto a otros quemuenses, formó parte en el engrandecimiento de la vida cultural de nuestro pueblo
Por Ello:
El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Articulo 1º) DenomíneseASUNCIÓN “CACHA” RIVADULLA (Nº 105 ESTE) a la Calle, que a partir de la intersección al Sur con Calle Urquiza, es continuación de Calle Sargento Cabral y con intersección al Norte con Calle Los Arrieros.
Articulo 2º) De Forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 04 días del mes de Julio de 2024.-