Ordenanza Nº 028/2020 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
Visto:
La necesidad de preservar la salud de la comunidad ante el avance de la pandemia del Coronavirus (COVID-19), y ante la situación de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia, es conveniente que la Municipalidad de Quemú Quemú cuente a la brevedad con medios de pagos electrónicos, dando así la posibilidad al contribuyente de pagar de manera no presencial, y
Considerando:
Que en el marco de la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio, la medida más importante fue reducir la circulación de gente en la vía pública, y para poder llevar esto a cabo es necesario que se encuentren habilitados modos de pago no presenciales.
Que además nos parece importante brindar un nuevo servicio a la comunidadofreciendo los medios de pago electrónicos actuales, como red link, homebanking y transferencia bancaria, y prever demás métodos presenciales bancarizados (débito y crédito) para agilizar el pago en un futuro, y quizás evitar así demoras en los mismos.
Que estos sistemas, permiten además al vecino realizar los pagos desde su casa y en cualquier horario, ya que a veces puede resultarle difícil concurrir por superposición de horario laboral.
Por Ello:
El Concejo Deliberante de Quemú Quemú sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°:Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los trámites necesarios para que el municipio ponga en funcionamiento los medios de pago electrónicos para recaudación de Tasas y Servicios.
Artículo 2°:Llévese a cabo dicho trámite en un plazo no mayor a 15 días corridos, teniendo en cuenta que los pasos a seguir no presentan grandes complicaciones.
Artículo 3°: De Forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 27 días del mes de Mayo de 2020-