Ordenanza Nº 029/2024 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
Visto:
La necesidad de identificar arterias existentes sin denominación o nuevas que surgen a partir de la autorización reciente de nuevos loteos en nuestra localidad, y teniendo en cuenta la adhesión a la Ley Provincial Nº3283 que incorpora el Principio de Paridad en Denominaciones, por tanto que el cincuenta por ciento (50%) de las futuras denominaciones de los edificios, caminos o calles, espacios verdes y cualquier otro espacio u obra pública que pertenezca al dominio público municipal deberán hacerse observando el principio de equidad y paridad de género.; corresponderán ser nombres de mujeres ilustres, tanto locales como también del ámbito nacional e internacional, destacadas por su labor humanitaria, social, científica, política, deportiva, artística o literaria, entre otras, y
Considerando:
Que se determinó el nombre "ROQUE ROMERO (SOSITA)" (Nº 102 NORTE) para designar a la calle ubicada en la primer calle paralela hacia el norte de la Calle Urquiza (Nº 2 Sur) con intersección al Oeste de la Calle ASUNCIÓN “CACHA” RIVADULLA (Nº 105 ESTE) y al este intersección con Calle ELBA “VITA” ECHENIQUE (Nº 109 ESTE)
QueRoque Romero “Sosita” fué músico y cantor por vocación, “maestro” de guitarra y canto de gran cantidad de jóvenes que visitaban su histórica sastrería para tomar clases.
Por Ello:
El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Articulo 1º) Denomínese “ROQUE ROMERO (SOSITA)” (Nº 102 NORTE) para designar a la calle ubicada en la primer calle paralela hacia el norte de la Calle Urquiza (Nº 2 Sur) con intersección al Oeste de la Calle ASUNCIÓN “CACHA” RIVADULLA (Nº 105 ESTE) y al este intersección con Calle ELBA “VITA” ECHENIQUE (Nº 109 ESTE)
Articulo 2º) De Forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 04 días del mes de Julio de 2024.-