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047-2021-EXIMISION PAGO LICENCIA COMERCIAL (junio por pandemia)

Ordenanza Nº 047/2021 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú

Visto:

          Que por restricciones impuestas por Decretos de Necesidad y Urgencia en el contexto social  de público conocimiento  muchos comercios no pudieron   abrir sus puertas al público durante el mes de Junio afectando seriamente su recaudación, y

Considerando:

                        Que ante una situación similar en el año 2020 mediante Ordenanza Nº 022/2020 se contempló el subsidio de pago de Licencias Comerciales para aquellos comerciantes que no pudieron abrir sus puertas desde el principio del aislamiento  o han tenido una recaudación mínima por las restricciones impuestas.-

Por Ello:

                 El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

Articulo 1º)  Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a subsidiarel pago de Licencias Comerciales correspondientes al mes de Junio del corriente año reglamentadas enelCAPITULO DECIMO SEGUNDO (ART. 53 y 54) de la Ordenanza Tarifaria vigentea los comercios, industrias etc. que no han podido abrir sus puertas al público.

Articulo 2º)Los contribuyentes que se consideren con la posibilidad de acogerse  a los beneficios de la presente Ordenanza deberán presentar en la oficina de Recaudación de este municipio una Declaración Jurada con firma certificada ante Juez de Paz o policía  en la que se acredite su manifestación de  no haber podido desarrollar en forma normal su actividad a partir del día 01 de Junio hasta el día 30 de Junio del corriente año por las restricciones de esta cuarentena.

Articulo 3º)  La Secretaría de Hacienda y Finanzas será la encargada de evaluar y aplicar el beneficio a los comercios o actividades que reúnan las condiciones citadas en el Artículo 1° y Artículo 2º.- 

Articulo 4º) De Forma-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 24 días del mes de Junio de 2021.-