Ordenanza Nº 053/2025 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
Visto:
La solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal, mediante Nota Nº 239/2025, para efectuar una excepción a la cláusula SÉPTIMA del Boleto de Compraventa suscripto con fecha 13 de Mayo de 2021, por el que adquirió el Sr. STARK MAURICIO DNI 26.978.931 un terreno designado catastralmente como: Ejido 034, circunscripción I, radio f, Manzana 57, parcela 19 Partida 808.777, y
Considerando:
Que dicha venta fue realizada por la Municipalidad en el marco de la Ordenanza Nº 72/20, y tenía como destino actividades de maquinarias, matricerías de plástico para tanques y plegables de reparaciones de chapa.
Que por razones personales el Sr. STARK MAURICIO cede el mencionado terreno al Sr. NOVELLO DARÍO DNI 22.352.960, quién lo utilizará conforme al proyecto que se adjunta en la nota (actividades metalúrgicas), ajustándose a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 72/20.
Por Ello:
El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar una excepción a la cláusula SÉPTIMA del Boleto de Compraventa suscripto con fecha 13 de Mayo de 2021, por el que adquirió el Sr. STARK MAURICIO DNI 26.978.931 un terreno designado catastralmente como: Ejido 034, circunscripción I, radio f, Manzana 57, parcela 19 Partida 808.777, para cederlo al Sr. NOVELLO DARÍO DNI 22.352.960, quién lo utilizará ajustándose a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 72/20.
ARTÍCULO 2: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 2 días del mes de Diciembre de 2025 .-
Ordenanza Nº 053/2025 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
Visto:
La solicitud del Departamento Ejecutivo Municipal, mediante Nota Nº 239/2025, para efectuar una excepción a la cláusula SÉPTIMA del Boleto de Compraventa suscripto con fecha 13 de Mayo de 2021, por el que adquirió el Sr. STARK MAURICIO DNI 26.978.931 un terreno designado catastralmente como: Ejido 034, circunscripción I, radio f, Manzana 57, parcela 19 Partida 808.777, y
Considerando:
Que dicha venta fue realizada por la Municipalidad en el marco de la Ordenanza Nº 72/20, y tenía como destino actividades de maquinarias, matricerías de plástico para tanques y plegables de reparaciones de chapa.
Que por razones personales el Sr. STARK MAURICIO cede el mencionado terreno al Sr. NOVELLO DARÍO DNI 22.352.960, quién lo utilizará conforme al proyecto que se adjunta en la nota (actividades metalúrgicas), ajustándose a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 72/20.
Por Ello:
El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar una excepción a la cláusula SÉPTIMA del Boleto de Compraventa suscripto con fecha 13 de Mayo de 2021, por el que adquirió el Sr. STARK MAURICIO DNI 26.978.931 un terreno designado catastralmente como: Ejido 034, circunscripción I, radio f, Manzana 57, parcela 19 Partida 808.777, para cederlo al Sr. NOVELLO DARÍO DNI 22.352.960, quién lo utilizará ajustándose a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 72/20.
ARTÍCULO 2: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 2 días del mes de Diciembre de 2025 .-







