“El Río Atuel también es Pampeano”
Ordenanza Nº084 /2017 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
VISTO:
Los montos vigentes para la “TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN” y la “TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS”, y
CONSIDERANDO:
Que los montos de las tasas referidas han quedado desactualizados.
Que resulta necesario actualizar dichos montos, para permitir la adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de las tasas en cuestión.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Quemú Quemú sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1ro.-.-FÍJESE los siguientes importes a abonar por estructuras portantes de antenas de telefonía de cualquier tipo:
a) TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN:SESENTA MIL PESOS ($60.000.-) por única vez y por cada estructura portante.-
b) TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS: OCHENTA MIL PESOS ($80.000.-) anuales por cada estructura portante. Dicha suma se reducirá a la mitad en caso de que el contribuyente demuestre que los ingresos que obtiene por la explotación del servicio en la jurisdicción, son inferiores al monto de la tasa que debería abonar. Las estructuras portantes utilizadas exclusivamente para antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, quedan exentas del pago.
ARTÍCULO 2do.-La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día 1º de Enero de 2018.-
“El Río Atuel también es Pampeano”
ARTÍCULO 3do.-Pásese al Departamento Ejecutivo para su promulgación, Regístrese, Comuníquese, dese su cumplimiento y archívese.-
ARTÍCULO 2do.-De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 26 días del mes de Septiembre de 2017.-
PROMULGADA POR RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº
CONCEJALES PRESENTES:
DÍAZ, Lucio Damián- SOLTERMANN, Susana Edith-
BONETTO, Rodolfo Daniel- ALDERETES, María Celeste
CAMPISI, Leonardo Martín- ROTELLI, César Alejandro-
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