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087-2022- 5 VIVIENDAS PLAN MI CASA 3

Ordenanza Nº 087/2022 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú

Visto:

          El Decreto Nº 3056/22 aprobando el PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES “ MI CASA 3” y la Resolución Nº 1060/22 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda reglamentando el mencionado plan, y

Considerando:

                         Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda pone en marcha una nueva operatoria para la construcción de viviendas denominada PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES - “ MI CASA 3”.

                           Que resulta necesario autorizar al Ejecutivo Municipal a adherir al PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES “ MI CASA 3” para la construcción de cinco viviendas (5) en el marco de dicho plan, a los efectos de dar soluciones habitacionales en esta localidad.

                         Que por la citada Operatoria, el INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE LA VIVIENDA,  proveerá los fondos a la Municipalidad en carácter de aporte.

                          Que con este objetivo, resulta necesario autorizar al Ejecutivo Municipal a disponer de los terrenos que se designan y ejecutar las obras de infraestructura correspondientes, entendiendo que los mismos son necesarios para las construcciones de nuevas viviendas.

 

Por Ello:

                 El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

Articulo 1º)  Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a adherirse al PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES - “MI CASA 3” en los términos del Decreto Nº 3056/22 del Poder Ejecutivo Provincial y Resolución Nº 1060/22 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.

 

 

 

                                                                                   “El Río Atuel también es Pampeano”

Articulo 2º)  Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenio de Ejecución para la construcción de cinco viviendas (5)  en la localidad de Quemú Quemú.

Articulo 3º)TERRENOS a disponer: en la operatoria son denominados catastralmente como pertenecientes a:Ejido 034, Circ. 01, Radio e, Mzna 51, Parcela 1.los que serán oportunamente transferidos para que puedan hacer la escrituración. 

Articulo 4º) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un Concurso de Precios para la contratación de la construcción de dichas viviendas.-

Articulo 5º) SI FUERA NECESARIO, AUTORIZAR LA CONTRATACIÓN PARA LA MENSURA Y SUBDIVISIÓN.

Articulo 6º)Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos; cumplido archívese.

Dada en la sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 10 días del mes de Noviembre de 2022.-