Ordenanza Nº089/2022 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
Visto:
La solicitud de autorización manifestada por el Departamento Ejecutivo Municipal para el incremento tarifario correspondiente al Capítulo Primero “A” que se aplicará de la siguiente manera: 60 % más a partir del 01/01/2023 hasta 30/06/2023 y 60% más a partir del 01/07/2023, y
Considerando:
Queel aumento obedece en virtud de los incrementos ocurridos, desde la última actualización en el año 2020, respecto de los insumos necesarios para la prestación de los servicios, más incrementos salariales y demás costos fijos, durante el corriente año.
Por Ello:
El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal el siguiente incremento Tarifario según detalle en Capítulo Primero “A”.
CAPÍTULO PRIMERO
-TASAS-
*A) RIEGO, BARRIDO, LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA-
ARTÍCULO 2°.-Por los servicios de limpieza, riego barrido y conservación de la vía pública, fíjense las siguientes tasas por metro lineal y por mes en únicamente en los siguientes barrios FONAVI XXXII, FONAVI XI, FONAVI VI, FONAVI XLI, FONAVI VI 7/8, PLAN 5.000, PLAN 3.000, PLANES 005, BARRIO ALBORADA, BARRIO PLAN A, BARRIO RUCA, BARRIO COMUNA II P Y C (Pica Y COMUNA), BARRIO EPAN (ATRÁS DE LA VIA), BARRIO HIPOTECARIO, BARRIO PLAN FEDERAL, PLAN PLURIANUAL , SANTA TERESITA y PLAN MI CASA I-II-Y III, se efectuará un descuento del 50% en las mismas a todas aquellas
“El Río Atuel también es Pampeano”
viviendas que correspondan a Esquinas, de acuerdo a los servicios que a continuación se detallan:
VIGENTES DESDE A PARTIR
HASTA 31-12-2022 01-01-2023 01-07-2023
Inciso 2) CONSRV.LUGARES PUBLICOS $ 3,74 $ 5,98.- $ 9,57.-
Inciso 3) CONSERV.DESAGÜE $ 3,74 $ 5,98.- $ 9,57.-
Inciso 4) - LIMPIEZA:
Por metro lineal de frente y por mes: $ 7,30 $ 11,68.- $ 18,68.-
Por inmueble y por mes
Inciso 5) - RIEGO:
Por metro lineal de frente y por mes: $ 12,62 $ 20,20.- $ 32.32.-
Inciso 6) - BARRIDO:
Por metro lineal de frente y por mes: $ 12,62 $ 20,20.- $ 32.32.-
Inciso 5) - CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA:
Por metro lineal de frente y por mes:
a) calles de tierra: $ 12,18 $ 19,48.- $ 31,16.-
b) calles asfaltadas: $ 12,18 $ 19,48.- $ 31,16.-
Artículo 2º) Incorpórese a la Ordenanza Tarifaria del Año 2023 el incremento mencionado en el artículo anterior.-
Artículo 3º): De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 29 días del mes de Noviembre de 2022.-