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012-2004-NATATORIOS PUBLICOS

 

Nº 12-2004-FUNCIONAMIENTO DE NATATORIOS

VISTO:

La campaña de concientización llevada a cabo por UNICEF a causa de las normas para la habilitación y funcionamiento de los natatorios; y

 

CONSIDERANDO:

Que el único motivo de dicha compañía es preservar la integridad física de los niños y la comunidad en general;

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PUEBLO DE QUEMU QUEMU

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

Artículo 1ro.- Adherirse a la campaña llevada a cabo por UNICEF acerca de las "Normas para la habilitación y funcionamiento de los natatorios" públicos y semipúblicos.-

 

Artículo 2do.- Apruébese las "Normas para la habilitación y funcionamiento de los natatorios", que obran en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte de la presente Ordenanza.-

 

Artículo 3ro.- Envíese copia de la presente a todos los natatorios públicos o semipúblicos que funcionan en la localidad, para su conocimiento y aplicación.-

 

Artículo 4to.- Comuníquese, publíquese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación y cumplido archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE QUEMU QUEMU A LOS 22 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2004.-