Nº 13-2004- LEYENDA EN VEHICULOS MUNICIPALES
VISTO:
Que algunas de las unidades automotor de esta comuna no llevan la leyenda identificatoria "Municipalidad de Quemú Quemú"; y
CONSIDERANDO:
Que dicha identificación no altera ni perjudica a estas unidades;
Que es importante que la comunidad toda, constate que son unidades empleadas únicamente para llevar a cabo gestiones de gobierno;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PUEBLO DE QUEMU QUEMU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Artículo 1ro.- Identifíquese con la leyenda "Municipalidad de Quemú Quemú" a todas las unidades automotor pertenecientes a esta comuna.-
Artículo 2do.- Comuníquese, publíquese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación y cumplido archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE QUEMU QUEMU A LOS 07 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2004.-
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Artículo 4to.- Comuníquese, publíquese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación y cumplido archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE QUEMU QUEMU A LOS 22 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2004.-