ORDENANZA Nº 018/1996
VISTO:
La nota Nº 231/96 enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal a la que adjunta el Convenio firmado con el Ministerio de Bienestar Social; y
CONSIDERANDO:
Que la construcción de un hogar para ancianos es una necesidad básica en nuestra localidad;
Que los fondos enviados por dicho Ministerio son no reintegrables y contribuirán a la concreción del proyecto;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PUEBLO DE QUEMU QUEMU
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Artículo 1ro.- Apruébese la firma del Convenio entre la Municipalidad de Quemú Quemú, el Centro de Jubilados y el Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de La Pampa.-
Artículo 2do.- Comuníquese, publíquese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación y cumplido archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE QUEMU QUEMU A LOS 12 DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1996.-