Ordenanza Nº 30/2009 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
VISTO:
Que el otorgamiento de subsidios por parte del Poder Ejecutivo Municipal, tiene por objeto contribuir a que los beneficiarios puedan satisfacer necesidades, sin los cuales, los mas necesitados carecerían de oportunidad para lograrlo; y
CONSIDERANDO:
Que dicha práctica requiere un procedimiento de selección y adjudicación trasparente para evitar discriminaciones de cualquier naturaleza;
Que es menester asegurar la posibilidad de acceder a ellos, todos los que pudieran ser interesados;
Que el éxito de los programas que los establecen reside principalmente en el cumplimiento de los fines que se los otorgan, y la efectiva devolución de los importes concedidos para mantener la posibilidad de nuevas adjudicaciones a otros necesitados;
Que la práctica no es ni ha sido sostenida en los tiempos, con los que se extinguieron los fondos disponibles,
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1ro:Solo se otorgaran préstamos o subsidios si las líneas que los establecen han sido óptimamente publicitadas en los distintos medios de comunicación de la localidad de modo que, quienes fueren interesados tengan conocimiento y acceso a las solicitudes.
ARTÍCULO 2do: La Municipalidaddeterminara que repartición de la misma tendrá a su cargo la atención de los interesados, la recepción de sus solicitudes y el cumplimiento de las obligaciones que aquellos asuman.
ARTÍCULO 3ro: El responsable de la repartición deberá informar y brindar a los interesados todos los datos que correspondan en relación a los distintos contactos que pudieran ser de utilidad para mejor asesoramiento tanto a nivel provincial como nacional.
ARTÍCULO 4to: Todo beneficiario dispondrá en la receptoria de solicitudes, de una carpeta individual que contendrá la documentación aportada y constancia de devolución de las cuotas en la forma convenida para el otorgamiento.
ARTÍCULO 5to: Todo préstamo o subsidio que responda a planes Provinciales o Nacionales y se otorguen a través de esta Municipalidad, quedarán sometidos a las misma exigencias establecidas para los prestamos o subsidios Municipales, mencionados en los Artículos 2º y 4º.
ARTÍCULO 6to: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 9 días del mes de Septiembre de 2009.-