Buscar Ordenanza, Acta o Resolución

039-2024-MONTOS COMPRA DIRECTA

Ordenanza Nº 039/2024 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú

 

VISTO:

              La necesidad de actualizar los montos para la contratación de obras y adquisición de suministros.

 

CONSIDERANDO:

                           Que también debe fijarse exigencias mínimas para llevar a cabo cada uno de los procedimientos.

                            Que corresponde considerar de aplicación supletoria en los casos no previstos en la legislación municipal las disposiciones de la Ley nº 3 de Contabilidad y nº 38 de Obras Públicas y sus reglamentaciones y las que en el futuro las modificaren.

                             Que es facultad del Concejo Deliberante dictar la Ordenanza sobrecontrataciones de obrasydeserviciospúblicos,fijandolosmontosparaefectuaradjudicacionesenforma directa, por concursos de precios, licitación privada o pública.                      

                            Que también dictará la ordenanzasobresuministroestableciendolosmontosparafijaradquisicionesenforma directa,porconcursosdeprecios,licitaciónprivadaopública, conforme el articulo 47 de la Ley 1597.

 

POR ELLO:

                 El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1°:Establéese que las compras y suministros a realizar en el ámbito de la Municipalidad de Quemú Quemú, se efectuarán según los montos que se detallan a continuación:

Compra directa hasta:…………………………$ 6.000.000

Concurso de precios …….…………… Desde $ 6.000.000 a $ 12.000.000     

Licitación Privada ……. ……………..Desde $ 12.000.000   a $ 16.000.000   

Licitación Pública excediendo ………………$ 16.000.000

ARTÍCULO 2:Establézcase que las diversas modalidades de contratación de obras públicas en el ámbito de la Municipalidad de Quemú Quemú se efectuará de acuerdo a los montos que se detallan a continuación:

Contratación directa hasta:…………………… …$ 18.000.000

Concurso de precios …..……………….... Desde $ 18.000.001 a $ 24.000.000

Licitación Privada ……..………………….Desde $ 24.000.000 a $ 36.000.000

Licitación Pública excediendo ……………………$ 36.000.000

ARTÍCULO 3: Las Obras Publicas Municipales, su construcción mantenimiento y conservación, podrán efectuarse por administración en los términos del artículo 48 de ley 1597.

ARTICULO 4: De forma.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 01 días del Mes de Agosto de 2024.-