Ordenanza Nº 40/2008 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
VISTO:
Que es una inquietud por los vecinos.
Que se incrementa notablemente el numero de motociclista que circulan en la localidad y
CONSIDERANDO:
De primordial importancia el ordenamiento del transito en la localidad.
De un lugar destinado al estacionamiento exclusivo de motos evitaría problemáticas con el resto de los automóviles
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTÍCULO 1ro:Disponer de 15 metros de cebreado para estacionamiento exclusivo de motos en las siguientes direcciones:
· Sobre la calle Mitre a la altura de la Plaza San Martín y Boulevard 9 de Julio a mano izquierda.
· Sobre Boulevard 9 de Julio frente a la Plaza San Martín entre las dos luminarias a la derecha del monumento a la bandera.
· Colocar carteles indicadores con la información correspondiente.
ARTÍCULO 2do: Derógase expresamente toda otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3doDe forma.-
Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 27 días del mes de Noviembre de 2008.-