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040-2008-ESTACIONAMIENTO DE MOTOS

Ordenanza Nº 40/2008 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú

 

VISTO:

               Que es una inquietud por los vecinos.

                 Que se incrementa notablemente el numero de motociclista que circulan en la localidad y

CONSIDERANDO:

                                  De primordial importancia el ordenamiento del transito en la localidad.

                                  De un lugar destinado al estacionamiento exclusivo de motos evitaría problemáticas con el resto de los automóviles

POR ELLO:

           El Concejo Deliberante de Quemú-Quemú sanciona con fuerza de

                                                     ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1ro:Disponer de 15 metros de cebreado para estacionamiento exclusivo de motos en las siguientes direcciones:

·        Sobre la calle Mitre a la altura de la Plaza San Martín y Boulevard 9 de Julio a mano izquierda.

·        Sobre Boulevard 9 de Julio frente a la Plaza San Martín entre las dos luminarias a la derecha del monumento a la bandera.

·        Colocar carteles indicadores con la información correspondiente.

 ARTÍCULO 2do: Derógase expresamente toda otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 3doDe forma.-

Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú a los 27 días del mes de Noviembre de 2008.-