Ordenanza Nº 42/2008 del Concejo Deliberante de Quemú-Quemú
VISTOYCONSIDERANDO:
La nota envida por el Poder Ejecutivo Municipal en la que solicita la adhesión a la Ley Nº 2460/08 por la que se incorpora como Capitulo I Bis de la Ley Nº 1065, el FONDO COMPLEMENTARIO COPARTICIPABLE, y que es de fundamental importancia para poder transferir los montos pertinentes,
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Quemú Quemú sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTICULO 1ro.- Adherir a la Ley Nº 2460/08 por la que se incorpora como Capitulo I Bis de la Ley Nº 1065, el FONDO COMPLEMENTARIO COPARTICIPABLE.
ARTICULO 2do.-De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBRANTE DE QUEMÚ-QUEMÚ A LAS 29 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2008